jueves, 12 de marzo de 2009

Hoy no puedo decidir, mañana sí

Para distraer a los ciudadanos del principal problema que tenemos (la cifra de parados ha superado los 3,5 millones y sigue creciendo) los políticos nos distraen poniendo de actualidad temas polémicos que tapen sus incompetencias para resolver la crisis. Entre estos temas da mucho juego todo lo relacionado con la vida y la muerte y la capacidad de decidir: relaciones sexuales, anticoncepción, aborto, eutanasia…

Se entra así en absurdos como pretender que las chicas de 16 años puedan abortar libremente y sin embargo la ley actual les impida tomarse una cerveza en el bar. Pero ¿tienen los adolescentes capacidad para decidir sobre su vida? ¿Es lógico legislar en base a fechas; es decir poner un límite de edad para cada cosa? Por ejemplo, la edad legal para consentir relaciones sexuales en España es de 13 años, mientras que en Reino Unido, que tiene la mayor tasa de embarazos adolescentes de Europa occidental, es de 16 años.

El derecho a consentir requiere que el adolescente haya alcanzado la responsabilidad necesaria para deliberar, formar sus juicios de valor o de conciencia, decidir libremente y ejecutar su decisión. Pero, ¿cuándo se alcanza esta responsabilidad? ¿El día anterior a cumplir la edad que fije cada país no está preparado el adolescente y al día siguiente sí?

Durante el crecimiento, ocurren cambios en el volumen de las estructuras cerebrales implicadas en la experiencia emocional, el aprendizaje y la memoria. En este sentido el estudio de las regiones del cerebro que están aún madurando durante la adolescencia, como la corteza prefrontal, puede ayudar a explicar por qué los adolescentes son más propensos a conductas peligrosas como el abuso de alcohol y otras drogas, que limitan sus habilidades cognitivas para consentir relaciones.

Sin embargo la valoración de la capacidad para otorgar consentimiento o de la madurez psicológica del adolescente para la toma de decisiones sobre su vida, no puede basarse sólo en la inteligencia y la voluntad (entender y querer). Tiene que abarcar, además, la vida afectiva de la persona, la esfera de los sentimientos, su entorno familiar y social; pues dos sujetos en igual estadio de desarrollo cognitivo pero con diferente grado de madurez afectiva, no elegirán igual.

Por consiguiente en temas de de especial importancia como los apuntados no puede legislarse sólo en base a poner una fecha.

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